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La persona encargada del cuidado de un adulto mayor puede ser un familiar o profesional.

Viernes, 27 Marzo 2020

BUENAS NOTICIAS

En nuestras redes compartimos información chequeada y confiable.

Los jubilados y pensionados que debían concurrir al banco o realizar una compra en un comercio para certificar su actualización de “fe de vida” dejarán de tener esa obligación durante los meses de marzo y abril.
Así lo establece la Resolución 79/2020 dictada ayer por la Anses, que compartimos en este link:

Viernes, 20 Marzo 2020

Feria Judicial

Acercamos aquí la Acordada Nº 6/2020 de la Corte Suprema, en relación a las acciones tendientes a frenar el impacto del COVID-19 en nuestro país. A tal fin, se dispuso la Feria extraordinaria Judicial del 20 al 31 de marzo inclusive, fechas que podrán eventualmente extenderse si el Poder Ejecutivo Nacional amplía el plazo del aislamiento social preventivo y obligatorio.

Esta Acordada de la Corte modifica la anterior, 4/20, en la que se disponía que los días entre 16 y el 31 de marzo inclusive fueran declarados inhábiles, sin perjuicio de los actos cumplidos. En la práctica, esto significaba la suspensión de los plazos procesales, salvo los referidos a la caducidad de instancia.

Sin embargo, la Acordada de hoy efectiviza la Feria Judicial, por lo que, como ocurre con las Ferias de enero y de invierno, no habrá actividad ni presencial ni virtual en Tribunales, salvo para cuestiones en urgencia, dentro de las que se detallan delitos contra la salud pública, contravenciones de la cuarentena, privación de la libertad, violencia doméstica, delitos contra la integridad sexual y violencia de género, entre otras. En esos casos, se podrá pedir habilitación de la feria.

Los mantendremos informados acerca de posibles nuevas medidas.

Viernes, 20 Marzo 2020

ANUNCIO DE MEDIDAS ECONÓMICAS

Compartimos el artículo elaborado por el estudio contable M&A sobre las novedades en el sector económico ante la situación actual.

Domingo, 01 Marzo 2020

DÍA DE LA MUJER

365 días para continuar luchando por la igualdad

En los últimos días circuló una noticia sobre una supuesta demanda colectiva que se presentó, y la necesidad de que los jubilados se inscriban con sus datos para participar de la misma.

Creemos necesario hacer las siguientes aclaraciones:

1. No es necesario que entregues tus datos a una oficina que no va a estar a cargo del juicio. La demanda se presenta como amparo colectivo y en caso de tener acogida favorable por parte de la justicia, tendría efecto para todos los jubilados y jubiladas afectados por el aumento de marzo 2020 (decreto 163/2020).

2. La demanda referida por las noticias fue presentada por una jubilada –Silvia Ines Lezaun- y la Asociación Civil Años, patrocinados en forma personal por tres abogados, entre ellos el Dr. Eugenio Semino, y no por la “Defensoría de la tercera edad”.

El Defensor del Pueblo de CABA (de quien depende el Dr. Semino), aclaró que la Institución no va a presentar la demanda.

3. En nuestro país, los reclamos colectivos no han sido efectivos en materia de reclamos de haberes previsionales. Lo único que funcionó fueron los reclamos individuales. Por ejemplo, en el año 2002 el Defensor del Pueblo de la Nación inició una acción colectiva similar por la falta de aumentos a las prestaciones previsionales. Muchos beneficiarios a título individual cobraron sus juicios en los que se aplicó la doctrina del caso Badaro. La causa iniciada por el Defensor del Pueblo de la Nación sigue en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la espera de sentencia definitiva.

4. Sin embargo insistimos en que es prematuro iniciar acciones judiciales.

En diciembre de 2019 el Congreso declaró la emergencia previsional y suspendió por el plazo de 180 días la aplicación de la fórmula de movilidad vigente.

Si se inician acciones ahora, habrá que ampliar la demanda en el momento en que se dicte nueva ley de movilidad, con el consiguiente retroceso en el procedimiento (pérdida de tiempo).

Durante el plazo previsto, la ley ordenó al Poder Ejecutivo Nacional fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general de la Ley 24.241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos. Asimismo, debe convocar a una comisión que proponga un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales que garantice una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios del sistema, de acuerdo con los principios de solidaridad y redistribución.

Resulta claro que todo apunta a una política de achatamiento de las jubilaciones y pensiones, que resulta contraria a la doctrina de la proporcionalidad fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en reiterados precedentes.

5. De todas maneras, como valoramos las particularidades de cada caso, estamos organizando reuniones grupales para ampliar la información según la situación particular. ¡Los mantendremos informados!

Martes, 18 Febrero 2020

AUMENTOS 2020: NOVEDADES

Compartimos el cuadro comparativo de haberes que elaboramos en base a los valores mínimo, máximo y variable cada $5000.

Domingo, 22 Diciembre 2019

¡FELICIDADES!

2019 fue un año de mucho esfuerzo para todos, y también de muchos logros.
En estas fiestas queremos levantar la copa por Ustedes.
¡¡LES DESEAMOS MUCHAS FELICIDADES!!
El equipo de MCBesteiro abogadas y abogados

Domingo, 01 Diciembre 2019

AUMENTOS DE DICIEMBRE

Compartimos el aumento para jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)-régimen general, ferroviarios, docentes, docentes universitarios, Luz y Fuerza y otras prestaciones.

Ante cualquier duda preguntanos, llamanos, escribinos. ¡Estamos a disposición!